Indecopi reafirmó la sanción contra el Banco de Crédito del Perú (BCP) por incumplir la entrega de un beneficio económico a un usuario. La multa asciende a 6.22 UIT, equivalentes a S/ 34,210.
El caso se originó porque el BCP no cumplió con la devolución mensual del 1% del valor de las compras realizadas con la tarjeta de crédito Visa Clásica Masiva, un beneficio ofrecido al cliente. Según la resolución, esta acción vulneró el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que exige idoneidad en la prestación del servicio.
Durante el proceso, el banco alegó que el beneficio “cash back” era parte de una campaña promocional temporal y estaba limitado a ciertos consumos, pero no pudo demostrar estas condiciones. Por ello, se impuso una sanción de 2.44 UIT por incumplimiento.
Además, Indecopi sancionó al BCP por modificar unilateralmente las condiciones para acceder al beneficio sin informar oportunamente al consumidor, lo que está prohibido en el numeral c) del artículo 56.1 del Código. Esta falta generó una multa adicional de 3.78 UIT.
La Comisión de la Oficina Regional de Indecopi en Arequipa confirmó la decisión tomada inicialmente por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos (ORPS) de la misma ciudad. La resolución final es pública y está identificada como N.° 0014-2026/Indecopi-AQP.
Este caso destaca la importancia de que las entidades financieras cumplan con los beneficios ofrecidos y comuniquen cualquier cambio a sus clientes para proteger sus derechos.
Información basada en reportes publicados por Gestión.








